Auditoría de subvenciones

Las subvenciones de formación concedidas por organismos públicos a los centros/entidades de formación, deben reunir los requisitos exigidos en la normativa vigente y cumplir las condiciones establecidas en las convocatorias públicas correspondientes.

 

 

Los artículos 24 y 47 de la orden 3024/2010 establecen los plazos y documentos que las entidades beneficiarias de las subvenciones y ayudas de formación deben presentar para la justificación del Plan de Formación/ Acción Formativa por un auditor inscrito en el ROAC. También se indica las acciones que tiene que efectuar el auditor que revisa la justificación del Plan de Formación/ Acción Formativa, de acuerdo con el organismo público pertinente.

Aesrafor

 

El auditor que revisa el Plan de Formación/ Acción Formativa debe ser auditor inscrito en el ROAC.

Reat

REAT cuenta con una amplia experiencia en la confección de informes de auditoría de revisión de acciones formativas, por lo que si requieren de un Informe de Auditoría de revisión de los costes de formación que hayan realizado como centro de formación no dude en ponerse en contacto con nuestros consultores.